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Inscripción como elector
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Padrón preeliminar de Extranjeros
Padron Argentinos
Reclamo Padrón Electoral
Consulta
ELECCIONES MUNICIPALES 2011
 

La realización del acto eleccionario del día 2 de Octubre de 2011 supone el inicio de un proceso constituido por sucesivos actos que se van cumpliendo en determinadas fechas y que tienden a garantizar la legalidad de todo el procedimiento, que comienza con la formación del padrón electoral y concluye con la proclamación y otorgamiento al ciudadano que resulte electo, del titulo que lo acredita como intendente municipal de la ciudad.-

Que la ciudadanía cuente con información clara y precisa sobre los actos y el tiempo en que se ejecutan, es un elemento central para asegurar el ejercicio pleno de los derechos garantizados constitucionalmente.-

En ese sentido la Junta Electoral Municipal informa sobre las distintas instancias y variantes que implica el actual proceso electoral.

CRONOGRAMA ELECTORAL
ELECCION DE AUTORIDADES MUNICIPALES DEL DÍA DOMINGO 02 DE OCTUBRE DE 2011, SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 1827-I-2011

Padrón de Extranjeros- Inscripciones y Ratificaciones: El presente tramo queda sujeto a la recepción del padrón:
- Difusión y Publicación: 5 dias de antelación, desde el 13 de julio de 2011
- Inscripción o manifestación de no permanencia (art. 14)*: 30 días desde el 18 de julio al 16 de agosto de 2011
- Impresión y exhibición de Listas Provisionales (art. 15)*: se dispondrá de un plazo de 5 días a contar del vencimiento del plazo anterior: vence 21 de agosto de 2011
- Reclamos (art. 16)*: 10 días, vence 31de agosto de 2011
- Resolución aprobación padrón definitivo e Impresión (art. 17)*: dentro de los 3 días de vencido el plazo de reclamo, vence el 03 de septiembre de 2011

Padrón Argentinos: El presente tramo queda sujeto a la recepción del padrón:
- Exhibición (art. 7)*: desde 11 de julio de 2011
- Reclamos (art. 8)*: por 30 días, vence el 09 de agosto de 2011
- Padron definitivo (art 9)*: 30 dias antes del comicio, vence el 02 de septiembre de 2011
- Impresión de Padrón Definitivo (art. 9 y 10)*: 02 de septiembre de 2011
- Reclamos (art. 9)*: 10 días desde la exhibición de los padrones definitivos, vence el 12 de septiembre de 2011

Registro de candidatos y oficialización
- Presentación (art. 34)*: 55 días antes de la elección, vence el 08 de agosto de 2011
- Vista a los apoderados (art. 152)**: por 48 Hs., en audiencia en sede de la Junta el 10 de agosto de 2011 a las 09:00 Hs.
- Oposiciones de los Partidos Políticos (art. 152)**: por 48 Hs., vence el 12 de agosto de 2011
- Resolución de la Junta (art. 152)**: Vence 17 de agosto y se da vista en la sede de la Junta el 18 de agosto de 2011
- Reemplazos y sustituciones para los Partidos Políticos (art. 152)**: 48 Hs., vence el 23 de agosto de 2011, prorrogables por el mismo plazo a petición del apoderado
- Resolución de la Junta oficializando listas, y notificación personal a los partidos en la sede de la Junta el día 26 de agosto de 2011 a las 09:00 Hs.

Boletas
- Presentación de modelos (art. 41)*: 30 dias antes de la elección, vence el 02 de septiembre de 2011
- Aprobación de boletas (art. 156)**, (art. 42)*. En audiencia con los apoderados en la Junta Municipal el 06 de septiembre a las 09:00 Hs.
- Apelación (art. 156) **: 24 horas, vence el 07 de septiembre de 2011
- Boletas para mesas ( art. 157)** (2 por mesa): 10 días desde la aprobación, vence el 16 de septiembre de 2011
- Boletas para las urnas ( art. 158)** 5 días antes de la elección: Vence 27 de septiembre de 2011

Lugares
- Designación de lugares (art. 44)*: 20 días antes de la elección, vence el 12 de septiembre de 2011
- Publicación (art. 170)**: deben publicarse con no menos de 15 días de antelación a la fecha de los comicios

Autoridades
- Designación de autoridades (art. 43)*: 30 días antes de la elección, vence el 02 de septiembre de 2011
- Publicación (art. 170)**: deben publicarse con no menos de 15 días de antelación a la fecha de los comicios

Escrutinio definitivo
- Reclamos (art. 203)** 48 horas: vence el 04 de octubre de 2011 a las 18 hs.
- Escrutinio definitivo: (art. 217)**

Campaña Electoral
- Duración máxima de 60 dias corridos (art.47)*: desde 03 de agosto hasta el 30 septiembre de 2011

Encuestas y Sondeos Pre- electorales
- (Art.49 )*: quedan prohibidos actos públicos, encuestas y sondeos preelectorales 32 hs. antes de iniciar el comicio.

Encuesta y Sondeos del día de la Elección
- (Art. 49)*: No podran difundirse hasta dos horas después de cerrados los comicios. (Difusión a partir de las 20 hs del 02 de Octubre de 2011).

Veda Electoral
- Comienza el 30 de septiembre a las 24:00 hs (32 horas antes del inicio de los comicios)

Retiro de propaganda partidaria
- (Art. 50)*: 30 días de finalizado el comicio: Vence el 01 de noviembre de 2011

* Código Electoral Municipal (Ordenanza Nº 1953-CM-09)
** Código Electoral Provincial (Ley Nº 2431)

AUTORIDADES DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

PRESIDENTE: DARÍO ROSATO
VICEPRESIDENTE 1 º: NESTOR SULLEIRO
VICEPRESIDENTE 2 º: MARCOS MIGUEL

Partidos Politicos
Partidos Políticos Reconocidos (Provinciales - Municipales)
Argentinos - (Elecciones 2 de Octubre de 2011)

RECLAMOS (DESDE EL 17 DE JULIO HASTA EL 9 DE AGOSTO)

Consultar padrón
 
 
Extranjeros - (Elecciones 2 de Octubre de 2011)

INSCRIPCION Y PERMANENCIA (DESDE EL 18 DE JULIO HASTA EL 16 DE AGOSTO)

Consultar padrón
 
 
 
Autoridades de mesa- (Elecciones 2 de Octubre de 2011)

Inscripción

Formulario de inscripción
Para velar por el correcto desarrollo del acto electoral del dia 2 de Octubre de 2011 se necesitan 460 autoridades de mesa.
Quienes deseen actuar como autoridad de mesa, deben registrarse en la Junta Electoral Municipal, sito enla calle Tiscornia 680.
 

Información general

REQUISITOS PARA SER CANDIDATO A INTENDENTE MUNICIPAL
SISTEMA ELECTORAL
DURACION DEL MANDATO
CAMPAÑA ELECTORAL
AUTORIDADES DE MESA Y FISCALES
APERTURA DEL ACTO ELECTORAL
CARACTER DEL VOTO
DEBER DE VOTAR
DISPOSICIONES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL CUARTO OSCURO
CLAUSURA DEL ACTO ELECTORAL
ESCRUTINIO DE LA MESA
CATEGORIA DE SUFRAGIOS
ACTA DE ESCRUTINIO
ESCRUTINIO DEFINITIVO
VOTOS IMPUGNADOS
FISCALES DE LOS PARTIDOS POLITICOS
NO EMISION DEL VOTO
PORTACION DE ARMAS. EXHIBICION DE BANDERAS, DIVISAS O DISTINTIVOS PARTIDADARIOS. PROPAGANDA POLITICA

PADRÓN ELECTORAL

El padrón electoral municipal esta formado por la lista de electores del distrito anotados en el registro electoral de la nación a la fecha de la convocatoria al que se agregan los ciudadanos domiciliados en el municipio, que cumplan dieciocho (18) años hasta el día de la elección inclusive.-

1) FORMACION DEL REGISTRO ELECTORAL O PADRON MUNICIPAL DE ELECTORES ARGENTINOS

Listas provisionales:

La confección del registro definitivo de electores comienza con la exhibición de las listas provisionales en lugares públicos y la página web www.bariloche.gov.ar, desde el 11 de Julio y se prolonga por un lapso de 30 días hasta el 9 de Agosto.
Para solicitar la incorporación o rectificar datos al Padrón de Argentinos, los interesados deberán concurrir personalmente a la sede de la Junta Electoral Municipal, sita en Tiscornia 680, munidos de dos juegos completos de fotocopias del Documento Nacional de Identidad, incluídas las páginas en blanco y las tapas. Uno de los juegos debe estar certificado por el Juez de Paz (Onelli 1450) hasta el 9 de agosto de 2011.

 

Listas definitivas:

Ya concluida esta etapa y 30 días antes de la elección, es decir el 2 de Septiembre se imprimen los listados definitivos, los cuales se exhibiran hasta el día 12 de Septiembre, es decir por diez (10) días, con el objeto de que quienes hicieron reclamos por encontrarse anotados en forma errónea o por no figurar en las listas provisionales, y no hubieran sido incluidos en estas listas definitivas, puedan acreditan haber realizado el reclamo con el comprobante respectivo emitido por la Junta Electoral Municipal, órgano que anotará las rectificaciones e inscripciones a que hubiere lugar.-

2) FORMACION DEL PADRON DE EXTRANJEROS

El padron de extranjeros lo confecciona la Junta Electoral Municipal con los extranjeros mayores de 18 años, que sepan leer y escribir en idioma nacional y tengan tres años de residencia legal, continua e inmediata en el municipio al tiempo de su inscripción en los padrones municipales.-
El sufragio de los extranjeros es facultativo y para elegir a las autoridades Municipales el 2 de Octubre.
Los extranjeros que no figuren en el Padrón Provisorio y/o no cuenten con la correspondiente libreta electoral municipal; y deseen incorporarse al padrón, deberán concurrir personalmente a la sede de la Junta Electoral Municipal, sita en Tiscornia 680, munidos de dos juegos completos de fotocopias del Documento Nacional de Identidad, incluídas las páginas en blanco y las tapas y dos fotos tipo carnet y acreditar una residencia mínima de tres años en la ciudad.
Aprobado el Padrón Definitivo se les suministrará una libreta electoral municipal, debiendo presentarla junto con el Documento Nacional de Identidad a los fines de votar.
El plazo de inscripción , vence el día 16 de agosto de 2011.
Los extranjeros que figuren en el Padrón Provisorio y deseen ser excluídos del mismo, deberán presentarse personalmente en la sede de la Junta Electoral Municipal, Tiscornia 680, munidos de un juego de fotocopias del Documento Nacional de Identidad, incluídas las tapas y las páginas en blanco.
El plazo vence el 16 de agosto de 2011.-

Exhibicion de las listas provisionales de electores extranjeros:

Desde el 21 de Agosto hasta el 31 de Agosto, el padron de extranjeros estará en exhibicion en oficinas públicas y la página web www.bariloche.gov.ar, con el objeto de que quienes se inscribieron o manifestaron su voluntad de permanecer y constataren no estar incorporados al padron puedieran efectuar el reclamo ante la Junta Electoral munidos del comprobante entregado al momento de realizar el respectivo tramite, a los fines de solicitar su incorporacion.-

Posteriormente el dia 3 de Septiembre de 2011 se realizará la impresion del listado definitivo de electores extranjeros.-

LIBRETA ELECTORAL

La libreta electoral es el instrumento en que se asienta la constancia de haber emitido el voto.
Lo otorga la Junta Electoral Municipal luego de haber aprobado el registro definitivo de electores extranjeros y lleva la foto del elector.-

Para emitir el sufragio el elector extranjero debe estar munido de su DNI y de la libreta electoral.-

 

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